El Ministerio de Seguridad de Santa Fe está ultimando la elaboración de un proyecto de ley para regular la actividad de las agencias privadas de seguridad en el ámbito de la provincia, encuadrándola como un “servicio complementario y subordinado” al que presta el Estado y “sujeto a las políticas que se fijen con el objeto de resguardar la seguridad pública”.
La necesidad de dar un marco normativo claro a este sector obedece al hecho de que la seguridad privada ha registrado un notable crecimiento en los últimos años, desplazando –en parte– la actividad de control, antes monopolizada por la Policía, hacia un servicio prestado por particulares y dirigida, esencialmente, a proteger intereses económicos individuales.
“El crecimiento de las agencias de vigilancia no significa, de modo alguno, que el Estado abandone o resigne su condición de garante del orden público. Por eso estamos trabajando, ante el escaso marco normativo del que disponemos, en este proyecto de ley para regular la actividad de las agencias privadas”, aseguró el ministro de Seguridad, Daniel Cuenca. “El Estado debe además supervisar la aptitud de las personas para desempeñar tal actividad, y por eso se contempla en esta iniciativa también la capacitación de los mismos”, indicó el funcionario.
La elaboración del nuevo marco legal, que será remitido a la Legislatura para su tratamiento, está a cargo de la Dirección Provincial de Autorizaciones, Registro y Control de Agencias Privadas de Vigilancia, Seguridad e Informaciones Particulares. Este proyecto es considerado “superador” de la actual resolución ministerial que da marco a la actividad y se basa en el principio de que “los servicios a regular son complementarios y subordinados a los que realiza el Estado provincial, de carácter primordialmente preventivo y sujetos a las políticas que se fijen con el objeto de resguardar la seguridad pública”.
La iniciativa establece, entre otros puntos, “la obligatoriedad por parte de las agencias de llevar registros especiales sobre inspecciones, personal, servicios contratados, armas, vehículos, material de comunicaciones, además de un soporte informático que respalde los datos de los registros; se establecen sanciones de diversa índole por incumplimiento a las disposiciones de la ley; se incorpora la figura de la cancelación de oficio de la habilitación para aquellas agencias que no presten servicio por el término de una año, entre otros aspecto”, detalló Néstor Condal, director provincial de Autorizaciones, Registro y Control de Agencias Privadas de Vigilancia, Seguridad e Informaciones Particulares.
El proyecto de ley
El funcionario indicó que “la falta de legislaciones uniformes y, en muchos casos, la ausencia total de normas sobre seguridad privada, es uno de los aspectos que más preocupan a los organismos provinciales encargados de esta problemática, ya que ello supone un precario control de la actividad y una carencia de marco legal que lo regule y que, por ende, genera una enorme inseguridad jurídica a la hora de resolver los conflictos que se producen entre los intereses públicos y los privados”.
El proyecto de ley actualizará y modernizará la vieja resolución del año 1991 para dotar a la autoridad de aplicación de una herramienta idónea a la hora del ejercicio del poder de contralor del Estado. En ese sentido, procura que se “amplíen los requisitos a cumplimentar por parte de personas, tanto físicas como jurídicas, que pretendan habilitar una agencia privada; se crea un fondo de garantía destinado al cumplimiento de las obligaciones salariales, indemnizatorias, previsionales, etc.; se impone a los usuarios la obligación de contratar empresas legalmente habilitadas, imponiéndoseles sanciones en caso de incumplimiento; se prevé la capacitación de los prestadores y su personal a través del Instituto de Seguridad Pública, dependiente del Ministerio de Seguridad, o por establecimientos privados autorizados por el Estado Provincial”.
La actividad del sector, en números
Tras la asunción de las nuevas autoridades, inmediatamente se procedió a efectuar operativos de control de las agencias de seguridad privadas. En noviembre de 2007 la cantidad de personal de las agencias con función de “vigilador” era de 8.696, elevándose a 9.093 en diciembre de 2007; en enero de 2008 el personal en servicio llegó a 9.150 y en febrero a 9.307. En marzo hubo una ligera reducción, bajando a 9.145, producto de la salida del mercado de una agencia que contaba con unos 120 empleados, más los movimientos habituales de “altas y “bajas”. (Ver gráfico 1, adjunto)
Si se compara el importante registro de personal requerido por las agencias en esos meses con el movimiento referido a habilitaciones de agencias registrado en el mismo período (gráfico 2), se advierte que mientras en noviembre de 2007 el número de agencias habilitadas era de 250, en diciembre se reduce a 243, y continúa disminuyendo: 229 en enero de 2008, 226 en febrero y 225 en marzo de este año.
De esta comparación se puede advertir que mientras el número de agencias se reduce, aumenta la cantidad de “vigiladores”. Puede inferirse, entonces, que el crecimiento registrado en personal puede deberse a un importante “blanqueo” de las relaciones laborales.
En lo que respecta al número de objetivos declarados por las agencias (gráfico 3), esto es la cantidad de servicios que estas prestan, se puede observar que sólo se incrementaron en un uno por ciento (1%) entre noviembre de 2007 (2.185) y marzo de 2008 (2.207). Esto podría reforzar la hipótesis acerca de que el mayor número de personal de las empresas de seguridad, registrado en el período analizado, se debe a la regularización no al incremento de la actividad.