El Santafesino
Vida
USO DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS EN LA REGIÓN
El drama de la contaminación invisible: esa muerte que llega gota a gota

Los reclamos de vecinos de Esperanza, refrendados por dos proyectos legislativos, reactualizan el problema de la aplicación de pesticidas cerca de zonas urbanas y la necesidad de controles más férreos por parte de las autoridades provinciales y municipales.

Por Lic. Exequiel Kay
Redacción
06/07/2004

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El problema no está en la tapa de los diarios. Es la muerte silenciosa, lenta, que pasa desapercibida respecto de las muertes de los secuestros extorsivos, el narcotráfico o la guerra en Irak. Esta muerte que marca el paso de la vida no tiene impacto y no llama la atención de las mayorías impávidas frente al televisor.

"Los pesticidas -entre ellos el glifosato- no son biodegradables en el cuerpo humano, y constituyen una verdadera contaminación invisible" (La Pollution invisible, Mohammed Larbi Bouguerra, París, 1997, citado por Le monde diplomatique edición Julio de 2001). A pesar que su avance de la mano del hombre envenena el suelo, el agua, el agua de lluvia, la cadena alimentaria y el aire, y produce efectos alérgicos, neurotóxicos, cancerígenos, mutágenos y hormonales sobre el ser humano, este no es un tema de salud pública en la provincia de Santa Fe.

Sin embargo, el problema existe desde hace décadas -cuando comienza la aplicación sistemática de plaguicidas en la producción agrícola-, ocasiona perjuicios directos en la región y preocupa a ya no pocos ciudadanos activos que sólo quieren vivir dignamente.

En ese sentido, El Cronista Regional bajo el título "La plaga o la vida" advirtió en septiembre de 2001 la necesidad por parte del Estado de intensificar los controles en el cumplimiento de la Ley Nº 11.273 de Productos Fitosanitarios de la provincia de Santa Fe. Hoy se reactualiza el problema a partir de la reacción de un grupo de vecinos de Esperanza que sufren fumigaciones periódicas en inmediaciones de sus hogares (ver notas relacionadas).

Esta situación movilizó a legisladores provinciales que ya trasladaron el tema a la Legislatura santafesina dando respaldo a la preocupación de estos vecinos y de la población en general que en toda la región saben del perjuicio de la aplicación de agroquímicos cerca de plantas urbanas.

El caso Esperanza

Por un lado, el diputado Jorge Cura (PJ) ingresó un pedido de informes a la Cámara de Diputados mediante el cual exige al Poder Ejecutivo que informe a través del Ministerio de la Producción y la Subsecretaría de Municipios sobre una serie de aspectos relacionados a "los graves perjuicios" que ocasionan en la ciudad de Esperanza la fumigación aérea y/o terrestre en zonas urbanas "con el consiguiente riesgo ambiental y para la salud de los habitantes de ese distrito".

Puntualmente insta al gobierno a informar sobre:

-Si se ha respetado la Ordenanza Nº 3169/97 que establece los límites del distrito Esperanza respecto de las fumigaciones en zonas urbanas.

-Si se ha dado cumplimiento al artículo 7 de la Ley Nº 11.273 por el cuál se faculta al ministerio de la Producción para que a través de la Dirección General de Sanidad Vegetal se formalicen convenios con los Municipios y Comunas a fin de implementar en sus respectivas jurisdicciones, el registro y matriculación de equipos terrestres y la habilitación de los locales destinados a la comercialización y control de la posterior aplicación de productos fitosanitarios.

-Si se cumplen los artículos 33 y 34 de la Ley Nº 11.273 que disponen la prohibición de aplicación aérea de productos fitosanitarios de clase toxicológica A y B dentro del radio de 3000 metros de las plantas urbanas y la aplicación terrestre dentro del radio de 500 metros de las mismas.

-Si con referencia a esta cuestión se atendieron las denuncias o notas presentadas por vecinos de Esperanza, afectados por la fumigación en terrenos colindantes con sus viviendas y las consecuencias que las mismas originaron y cuales fueron las acciones que el Municipio de Esperanza realizó para dar cumplimiento a lo que establece el artículo 41, inciso 24 de la Ley Nº 2756, capítulo IV.

Esa referencia señala que el intendente tiene como deber y obligación "velar por la higiene del Municipio (...) y en general, la adopción de todas las medidas (...) que concurran a asegurar la salud y bienestar de la población".

En la provincia

Por otra parte, los senadores provinciales (UCR) Felipe Michlig y Carlos Fascendini presentaron al mismo tiempo un proyecto de ley para que se modifique el artículo 3 de la Ley Nº 11.273 para que la autoridad de aplicación de la norma sean -en forma conjunta- la Secretaría de Estado del Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable y la Dirección de Sanidad Vegetal, que además podrá celebrar convenios con las autoridades municipales o comunales "para delegar el poder de policía en sus respectivas jurisdicciones urbanas y rurales".

La iniciativa propone también modificar el artículo 33 de la norma citada para que de ahora en más establezca: "Prohíbase la aplicación aérea de productos fitosanitarios de clase toxicológica A y B dentro de una zona de 3.000 metros del límite de las plantas urbanas, de 1.000 metros de los límites de parques industriales, complejos deportivos, recreativos y de interés turístico y de 500 metros de ríos, arroyos, lagunas y humedales".

Respecto de la aplicación terrestre de productos fitosanitarios de clase toxicológica A y B propone prohibirla "dentro de una zona de 1.000 metros del límite de las plantas urbanas, de 500 metros de los límites de parques industriales, complejos deportivos, recreativos y de interés turístico y de 200 metros de ríos, arroyos, lagunas y humedales". Hoy la norma vigente establece que puede fumigarse a 500 metros de la zona urbana y esta iniciativa propone llevar ese límite a 1.000 metros.

Asimismo sugiere modificar el artículo 34 para que claramente quede establecido que se prohíbe la aplicación terrestre de productos sanitarios de clase toxicológica A y B dentro de las plantas urbanas.

En sus argumentos, los senadores Michlig y Fascendini dicen que las "mejores soluciones son las preventivas" y fomentan con su proyecto un "adecuado manejo de fitosanitarios de uso agrícola" teniendo en cuenta que son "sustancias que permiten eliminar, controlar y manejar las plagas, hecho que presupone una elevada toxicidad, al menos para nuestro organismo".



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